Antecedentes
históricos:
Con la declaración del Parque Nacional
de la Montaña de Covadonga en 1918 Asturias se convirtió en una región pionera
en la protección de espacios naturales. Esta catalogación se apoyaba en la
recientemente aprobada Ley de Parques Nacionales y seguía el modelo del primero
de los declarados en el mundo, el de Yellowstone en Estados Unidos.
Tuvieron que pasar más de 60 años para
que se procediera a una nueva declaración. En 1982 se crea la Reserva Biológica
Nacional de Muniellos, propuesta ya por Bellmunt y Canella cien años antes, por
constituir una de las representaciones más extensas y mejor conservadas de
robledales en España.
El Parque Natural de Somiedo fue el
primer espacio protegido de la región declarado por el Gobierno Autonómico.
Dicha declaración, llevada a cabo en 1988, se basó tanto en la protección de
los valores naturales y paisajísticos existentes en su ámbito, como en el
mantenimiento de las formas tradicionales de vida de la población local.
Sin embargo, no cabe duda de que el
año clave en la historia de los Espacios Protegidos en Asturias fue 1994,
momento en el que se procedió a la aprobación del “Plan de Ordenación de los
Recursos Naturales de Asturias” (PORNA), el cual supuso, por primera vez, la
realización de un análisis de la biodiversidad ambiental de Asturias y el
diseño de una red de espacios protegidos que incluyese la mayor parte de la
misma.
Red
de espacios naturales protegidos de Asturias:
En relación a la protección de
espacios naturales, el PORNA propone como vía de actuación la constitución de
una Red Regional de Espacios Naturales Protegidos, estructurada en diferentes
tipos y niveles de protección, que responda a las necesidades de conservación
de los recursos naturales de la región.
Para satisfacer una serie de objetivos,
en función de los bienes y valores a proteger, se recogen una serie de figuras
de protección previstas en la normativa estatal: Parques Nacionales, Parques
Naturales, Reservas Naturales (Integrales y Parciales), Paisajes Protegidos y
Monumentos Naturales. Sin embargo, la aprobación de este documento no supone la
declaración legal de los ámbitos propuestos, que debe realizarse por Ley en el
caso de los Parques y Reservas Naturales Integrales y por Decreto para el
resto. La gestión de los espacios se realiza a través de Planes Rectores de Uso
y Gestión (PRUG), en el caso de Reservas y Parques, y mediante Planes.
Protectores cuando se trata de Paisajes protegidos. La normativa reguladora de
los Monumentos Naturales se incluye en los propios documentos de declaración.
Para la configuración de la Red
Regional de Espacios Naturales Protegidos se tomaron como punto de partida los
espacios protegidos con los que ya contaba la región, es decir, el Parque
Nacional de los Picos de Europa, la Reserva Biológica de Muniellos y el Parque
Natural de Somiedo. A estos elementos se añadieron 2 Parques Naturales, 9 Reservas naturales
Parciales, 10 Paisajes Protegidos y 35 Monumentos Naturales, lo que supone un
30% de la superficie total del territorio.

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